En nuestro centro expedimos Informe de Aptitud Psicológica para Personal de Control de Acceso de acuerdo con lo establecido en el REAL DECRETO 48/2021, de 11 de marzo, por el que se regula la actividad de control de acceso a los espectáculos públicos y actividades recreativas, así como a los establecimientos o espacios abiertos al público en que se celebren.
Para su comodidad puede solicitar su CITA PREVIA a través de las siguientes vías:
1. En nuestra PÁGINA DE RESERVAS ONLINE (clic en la imagen)
4. Rellenar el siguiente formulario describiendo su consulta:
Documentación necesaria:
- DNI-NIE
- Una Fotografía tamaño carné. (Si no tiene ninguna, le haremos una en el Centro de forma gratuita para el informe)
¿Qué dice la Ley? En la evaluación psicológica se comprobará que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad psíquica o psicológica, o cualquier otra limitativa del discernimiento, asociada con:
a) Trastornos mentales y de conducta.
b) Dificultades psíquicas de evaluación, percepción y toma de decisiones y problemas de personalidad.
c) Cualesquiera otra afección, trastorno o problema que limiten el pleno ejercicio de las facultades mentales precisas para el desarrollo de las funciones de personal de control de acceso.